Estas actividades están normadas por las resoluciones Nº 1873/11 y Nº 1874/12 del Directorio de este Consejo.
Servicios Tecnológicos de Alto Nivel (STAN)
Se entiende por Servicios Tecnológicos de Alto Nivel (STAN) actividades como ensayos, análisis, asesorías y consultorías institucionales, entre otros. En la mayoría de los casos para su prestación es utilizado el equipamiento, la infraestructura, y los recursos humanos especializados de los Centros, Institutos y Laboratorios dependientes del CONICET o relacionados con él. En todos los casos para su prestación debe ser utilizado el membrete institucional.
Tienden a ser actividades estandarizadas y se brindan en condiciones similares, independientemente de quien las solicite.
Para que el Directorio del CONICET autorice la prestación de un STAN, el prestador del servicio deberá enviar firmado a la Dirección de Vinculación Tecnológica y Social, para su tramitación, el formulario generado por el Sistema de Vinculación Tecnológica (SVT).
Servicios Arancelados a Terceros (SAT)
Se entiende por Servicios Arancelados a Terceros (SAT) a las prestaciones de apoyo a la investigación, las cuales no involucren actividades científicas tecnológicas, tales como venta de libros, entradas, fotocopias, utilización de fax, servicios de imprenta, uso de vehículos, alquiler de salones, entre otras.
Para que el Directorio del CONICET autorice la prestación de un SAT, el prestador del servicio deberá enviar firmado a la Dirección de Vinculación Tecnológica y Social, para su tramitación, un formulario de solicitud de prestación de SAT.
Para más información escríbanos a svt-soporte@conicet.gov.ar.